La Generalitat de Catalunya, desde el Departament d’Acció Climàtica, Alimentació i Agenda Rural, ha aprobado con fecha 27 de abril una nueva línea de subvenciones para la retirada del amianto de la construcción, así como por la instalación de paneles fotovoltaicos en el mismo proceso.
Esta resolución se suma a la reciente publicación del Plan Nacional de erradicación del Amianto en Catalunya.
Hay que felicitarse por estas nuevas iniciativas, que atacan un problema de salud pública que hacía tiempo que esperábamos, y tenemos ahora por fin una propuesta de intenciones concreta y con calendario.
Un grave problema de salud pública y ambiental.
El sector de la construcción y la industria utilizó extensivamente al amianto, sobre todo entre los años cincuenta y noventa. En la edificación, lo encontramos principalmente en forma de fibrocemento en tejados, depósitos, bajantes o jardineras, pero existen otros usos como aislamiento térmico y acústico, como protección contra incendios de estructuras metálicas o formando parte de otros materiales.
Si los materiales que contienen amianto (MCA) se alteran, bien sea por manipulación o por degradación, liberan microfibras que pueden penetrar en el cuerpo por las vías respiratorias y pueden permanecer en el tracto respiratorio durante décadas.
Esta entrada en el organismo puede provocar cáncer de pulmón, laringe y ovario, y dos enfermedades causadas exclusivamente por el polvo de amianto: la asbestosis y el mesotelioma maligno. Los primeros síntomas de asbestosis se evidencian entre 10 y 20 años después de la exposición, mientras que un cáncer derivado de esta exposición tarda entre 20 y 40 años en aflorar, lo que dificulta su detección temprana.
Sin embargo, en el Estado español la prohibición total de fabricar, utilizar o comercializar materiales que contienen amianto no se hizo efectiva hasta 2002.
A pesar de su prohibición, el amianto sigue presente en numerosos elementos constructivos, equipos e instalaciones.
El ciclo de vida estimado de los MCA, especialmente del fibrocemento, es de 30 a 50 años, por lo que se calcula que en 2030 más del 85% de estos materiales habrán superado su vida útil. La Organización Mundial de la Salud (OMS) determina que no se conoce un nivel de exposición a las fibras de amianto que no comporte riesgo. Los MCA se consideran, por tanto, un problema de salud pública, laboral y medioambiental y por ello la creación de este proyecto de la retirada de amianto.
Las actuaciones que se proponen para la retirada de amianto, organizadas en cuatro ámbitos.
- Identificación del amianto: Actuaciones enfocadas a la detección de elementos y espacios con presencia de amianto, así como su seguimiento y control.
- Retirada del amianto: Actuaciones que tienen por objetivo la eliminación rápida y segura de elementos que contienen amianto.
- Prevención de los efectos del amianto: Actuaciones que abordan las consecuencias del amianto en la salud, así como las actuaciones para prevenir y paliar estos problemas en el futuro.
- Impulso de un nuevo marco normativo: Actuaciones a impulsar para disponer de un marco normativo autonómico y estatal que permita alcanzar los objetivos previstos.
Hasta ahora, ya se han llevado a cabo algunas iniciativas, como la creación del portal web amiant.gencat.cat, que facilita el acceso a información especializada, el marco normativo y las diferentes líneas de ayuda. Paralelamente se ha encargado al Institut Cartogràfic i Geològic de Catalunya (ICGC) la elaboración de un mapa de las cubiertas con fibrocemento en todo el territorio, que se prevé que esté disponible a finales de 2023.
En adelante, es necesario esperar que se vayan publicando las diferentes resoluciones y los planes de actuación concretos. Por lo que respecta al sector de la construcción, aquellas actuaciones previstas que más nos afectan son que hacen referencia a la identificación y retirada. Aunque por ahora están pendientes de implementación, las principales acciones serán:
Bloque 1: Identificación del amianto
- ITEs: identificación de elementos con amianto, y categorizarlos como patología grave.
- Obras mayores o licencias de actividades con demolición, rehabilitación o reforma tendrán que explicitar en el redactado de proyectos la presencia de amianto.
- CEE: obligatoriedad de recogida de información sobre la presencia de amianto.
A medio o largo plazo, se estudia la creación de un certificado de presencia de amianto en el edificio, como documento de acompañamiento obligatorio en las transacciones inmobiliarias, como ocurre ahora en determinados casos, con la cédula de habitabilidad o el Certificado de Eficiencia Energética.